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¿Qué es la ITE y cómo se tramita?

Las siglas ITE corresponden a la Inspección Técnica de Edificios. Como el nombre mismo indica, consiste en la inspección técnica la cual se han de someter los edificios con una antigüedad determinada con el fin de valorar y verificar el estado de los edificios de viviendas, si reúne o no los requisitos de seguridad.

¿Cómo se realizar el trámite?

La ITE la debe de realizar un arquitecto técnico cualificado. Consiste en examinar el edificio visualmente, inspeccionando aquellos elementos del edificio en los cuales se haya tenido acceso.

En el caso que la inspección visual no fuera suficiente, el arquitecto técnico puede proponer a la propiedad del inmueble la realización de un diagnóstico del elemento o elementos constructivos afectados, o cualquier otro tipo de prueba necesario, para así poder determinar la calificación de la vivienda.

A través de este informe, la Agencia de la Vivienda se encarga de otorgar un certificado de aptitud que notificará directamente a la propiedad. En función del estado del edificio, se le genera un informe apto o no apto.

¿Qué edificios han de realizar la ITE y quien puede pedirla?

Los edificios que se tienen que someter a la ITE son:

  • Edificios plurifamiliares de viviendas en función de su antigüedad.
  • Aquellos edificios que lo determinan los programas o las ordenanzas locales.
  • Edificios o viviendas de edificios que se acojan a programas públicos de fomento de la rehabilitación.

Los edificios que no tienen la obligación de realizar la ITE son:

  • Los edificios declarados en ruina por un ente local competente.
  • Los edificios unifamiliares.

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